Dudas más frecuentes


DUDAS MAS FRECUENTES

Como ya sabes, si la práctica del montañismo se realiza en otros ámbitos geográficos, Pirineo Francés, Andorra, Europa o resto del Mundo, debes sacar las opciones geográficas correspondientes. Así mismo, si lo que practicas es bici de montaña, debes sacar la opción de BTT. Si practicas esquí de fondo debes contratar el suplemento correspondiente. El esquí de travesía  está cubierto en la cobertura básic, siempre que no se practiquen en una estación de esquí con transportes mecánicos. 


Por lo tanto, si te asisten o rescatan en una estación de estas características, sólo tendrás coberturas si han contratado antes la opción de esquí, como si practicaras esquí alpino en esta estación.

La modalidad de esquí alpino y telemark incluye el esquí alpino.

La modalidad de snow cubre también el esquí alpino y telemark y esquí de fondo. 

¿Qué se considera accidente?

Todas las compañías aseguradoras coinciden en la misma definición, por eso la consideración de accidente es para todas igual. Se define como accidente, “toda lesión corporal derivada de una causa fortuita, momenánea, violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado”.

Para entenderlo mejor, hay dos ejemplos de los que NO se considera accidente y por lo tanto no habría cobertura.

 

Las lesiones por rozaduras, sobreesfuerzos, tendinitis, cargas musculares, dolores de espalda.

 

Si un montañero siente una molestia, tirón muscular, dolor que va en aumento, inflamación, etc., y no ha sido precedido de un accidente, no existe cobertura, ya que no cumple con la definición íntegra de accidente.

 

Sobra decir que cuando hablamos de accidente, es SIEMPRE en la práctica del montañismo o la opción que tengamos contratada, como esquí o bici de montaña.

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